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    JUSTICIA

    Casación absolvió a condenado por narco porque la defensa no pudo interrogar a testigos

    El año pasado, Edgardo Javier Coria fue condenado a cinco años y cuatro meses de prisión por el transporte de un cargamento de 220 kilos de marihuana por la ruta nacional 12, en el norte de Entre Ríos. 

7 de Julio de 2024

Pero esta semana la Cámara Federal de Casación Penal lo absolvió: hizo lugar al recurso de los defensores que cuestionaron, además del procedimiento policial y falta de medidas de prueba en la investigación, que en el juicio no pudieron interrogar a los testigos y que el único que fue citado a declarar no pudo ser careado con el imputado, quien ese día no asistió a la audiencia.

El hecho que le imputaron sucedió en la madrugada del 9 de agosto de 2012. Dos autos ingresaban a la provincia desde Corrientes por la ruta nacional 12 y los policías del Puesto Caminero de Paso Cerrito detuvieron la marcha de ambos para un control. Primero pararon al Chevrolet Corsa conducido supuestamente por Coria. El conductor entregó a documentación falsa del vehículo y la licencia original, con su identidad. Pero cuando iban a revisar el interior, se subió al auto y aceleró. Unos 10 kilómetros al sur, abandonó el vehículo y desparramó los ladrillos de marihuana alrededor.

En el otro auto, un VW Voyage, iba Elías García con 228 kilos de marihuana más. Quedó detenido y en 2014 fue condenado a una pena reducida por haber declarado como “arrepentido”, incriminando a Coria: dijo que había sido este hombre quien iba en el otro auto y además era el encargado de “empapelar” los vehículos robados en La Matanza para el transporte de droga.

Coria fue identificado y detenido unos meses después del procedimiento, en Córdoba. Lo indagaron y en una primera instancia lo sobreseyeron, aunque luego la Cámara Federal de Apelaciones de  Paraná dispuso que debía ser procesado.

La jueza Lilia Carnero le había impuesto a Coria su cuarta condena por narcotráfico, ya que también había sido sentenciado por en Corrientes, Córdoba y Buenos Aires por casos similares, una región donde operaba en el traslado de grandes cantidades de marihuana y cocaína, incluso organizando el negocio desde la cárcel.

Los cuestionamientos que llevaron a la Cámara Federal de Casación Penal los abogados defensores Pedro Fontanetto D’Angelo y Germán Palomeque son los que habían expuesto en el debate realizado en el Tribunal Oral Federal de  Paraná, realizado a mediados de 2023. Esta vez, los camaristas de Comodoro Py, Ángela Ledesma, Guillermo Yacobucci y Alejandro Slokar les dieron la razón.

En el fallo dictado el martes pasado, Solkar sostuvo que el policía del operativo Lencina Godoy “reconoció en la foto del carnet de conducir al individuo que se detuvo en el Puesto Caminero y luego huyó”, mientras que “el policía Cabrera dijo respecto al carnet de conducir a nombre de Coria Edgardo Javier y con una foto en ella: ‘Puedo decir que esa persona es la que detuve, pero con pelo más corto, es Coria’. Empero, en la misma declaración prestada por el agente si, en caso de volver a ver a esta persona, lo reconocería, respondió: ‘creo que no, ya hace mucho de esto’”.

“Asiste razón a la defensa en relación a la diferencia de versiones de los dos principales testigos, en especial lo relatado por Lencina Godoy en torno a la camioneta Ford Ranger que pudo haber ayudado al conductor del Chevrolet Corsa a huir”, agregó el camarista.

A su vez, remarcó que “la defensa no pudo interrogarlo al haberse incorporado por lectura su declaración y que antes de realizarse el debate nunca se pudo concretar la rueda de reconocimiento de Coria por parte de los preventores que participaron del procedimiento tal como”.

“No hay que soslayar que al darse inicio al debate la defensa procuró que se efectivicen las convocatorias de los testigos citados al mismo y que no sean incorporadas sus anteriores declaraciones por lectura”, señaló Solkar y observó que se citó solo a Lencina Godoy, pero valoró: “Poco afortunada fue la decisión de convocar al único testigo y que haría el reconocimiento de Coria, cuando ése había señalado previamente que en esa fecha no podría concurrir al debate que, valga destacar, coincidía con su fecha de cumpleaños”.

Además, el juez de Casación remarcó: “No elevó las cámaras de seguridad del puesto caminero al Juzgado. Asimismo, la prueba de cotejo de huellas dactilares con los vestigios de origen papilar levantados por personal idóneo el día de los hechos, concluyó que los tres rastros técnicamente idóneos, no se correspondían con las huellas de Coria”

“La participación del inculpado no aparece suficientemente verificada (…) Deja un resquicio a la duda, tratándose -cuanto mucho- de una hipótesis de probabilidad o de verosimilitud, grados del conocimiento que no logran destruir el estado de inocencia de Coria, con base en el in dubio pro reo”, concluyó Solkar.

La camarista Ledesma realizó un análisis del caso similar: “Edgardo Javier Coria no accedió a un juicio propiamente dicho; en tanto se advierte una severa afectación al derecho de defensa al obstaculizarse el regular ejercicio del contradictorio, expresado a través del derecho al interrogatorio”.

“En estas condiciones, entiendo que en el caso no se comprobaron de manera cierta una gran cantidad de aspectos resaltados por la defensa que resultaban de importancia para la reconstrucción del suceso; en tanto, el cuadro probatorio descripto denota la probabilidad de que el acusado haya cometido el hecho, pero no la certeza”, sostuvo la jueza.

Yacobucci, por su parte, coincidió y agregó: “Frente a la gravedad de los hechos denunciados, el secuestro de una considerable cantidad de estupefacientes y la intervención de otros rodados y sujetos en la descarga de la droga, lo cual sugiere la existencia de una organización delictiva, resulta llamativo que los policías omitieron entregar a las autoridades judiciales las grabaciones de las cámaras de seguridad del puesto de control, lo que hubiera constituido un elemento probatorio de relevancia para confirmar o desmentir la intervención de Coria”.


FUENTE: Análisis Digital

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