Ciudad
RADIO 2820
JUSTICIA
9 de Enero de 2025
*Escribe Paola Robles Duarte
Pasó un mes y medio desde que el ex gobernador Sergio Urribarri - condenado a ocho años de prisión efectiva por delitos de corrupción- ingresara a la Unidad Penal N°1 “Juan José O’Connor”, por decisión de la Cámara de Casación Penal de Paraná.
Junto a su cuñado y socio político, Juan Pablo Aguilera, habitaron desde el pasado 19 de noviembre la celda de 3 x 4 metros improvisada para ellos por el Servicio Penitenciario, a la que enseguida se sumó uno de sus ministros en la época de las vacas gordas, Pedro Báez. Compañeros de habitáculo y de causa judicial, hoy sus caminos se separan por el delay en los plazos judiciales: Urribarri y Aguilera se van a casa en libertad con restricciones, y Báez deberá aguardar si tiene la misma suerte que los muchachos de Concordia en función del tribunal de feria que le toque.
El derrotero por la situación procesal de Urribarri y su cuñado comenzó la semana pasada, cuando con voto dividido el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) habilitó la feria para tratar el pedido de los abogados defensores.
Mientras que los vocales Germán Carlomagno y Leonardo Portela –presidente del STJER- se inclinaron por la libertad con las restricciones que cumplían los condenados antes de ser detenidos, el vocal Miguel Giorgio se mantuvo en su posición y votó por el cumplimiento efectivo en la cárcel paranaense.
“Lo primero que hay que decir es que acá no se resolvió nada vinculado a la cuestión de fondo, eso tramita en la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). Lo que hoy se resolvió fue si ese trámite debía transcurrir con Urribarri y Aguilera cumpliendo prisión preventiva efectiva en base a considerar si existe riesgo inminente de fuga”, explicó el titular del STJER, Leonardo Portela, considerado el voto sorpresa de la jornada, ya que era la primera vez que le tocaba hacer el check en el mixture de la novela judicial del ex gobernador.
Diferente es la situación de los vocales Carlomagno y Giorgio, quienes intervinieron de maneras diferentes en el camino a la Corte. El primero habilitando todos los pedidos de revisión solicitados por la defensa del ex gobernador, mientras que Giorgio siempre que le tocó opinar al respecto se mantuvo más cerca de los planteos del Ministerio Público Fiscal.
Vale la pena retroceder un par de casilleros: Cuando la Cámara de Casación confirmó las sentencias condenatorias y los abogados de Urribarri y Aguilera van al STJER, el vocal Carlomagno fue el que primero en habilitar que se trate el pedido al STJER, como así también cuando el mayor órgano judicial de Entre Ríos confirmó la condena por corrupción, fue uno de los que habilitó el recurso a la Corte.
En todas esas instancias, argumentando fuerte, hizo lugar a los planteos de la defensa. Habilitó el recurso extraordinario primero ante el superior -¿por qué no hacerlo con un ex gobernador?- y después allanó el camino a la corte, en medio de la contradicción manifiesta de la jueza Gisela Schumacher quien primero votó en contra del recurso de Urribarri y luego habilitó el pasaporte a Capital Federal. ¿Cuál fue el argumento? Que en principio habría votado el rechazo por motivos diferentes a los de Giorgio (que se había opuesto), la defensa cuestionó esa mayoría en contra argumentando que no solo se establece la misma por la cantidad de votos si no por la coincidencia de criterios, con ese fundamento Schumacher cambia criterio y sale el expreso Urribarri a la CSJN.
Así pues las cosas con uno de los vocales del STJER que envió a Urribarri y Aguilera a casa: En la cuestión de fondo, las revisiones de la condena por los delitos de corrupción, siempre votó en línea con el planteo de las defensas. Vale aclarar que Carlomagno integra la Sala Laboral no la Penal del STJER, y que comienza a intervenir en esta historia desde que los vocales de la Sala Penal Daniel Carubia y Claudia Mizawak, manifiestan la imposibilidad de poder intervenir: Mizawak porque ha sido abogada del ex gobernador y Carubia porque en alguna instancia del proceso intervino su yerno Alejandro Canepa, actual presidente de la Asociación de Magistrados de Entre Ríos.
Dato: Carlomagno ingresa al STJER durante la segunda gobernación de Jorge Pedro Busti (PJ) y que si bien fue un par de veces vicepresidente del organismo, la última vez no levantó la mano para ser de la partida, no aparenta grandes ambiciones en un poder que de alguna u otra manera siempre deja en hacer la estela indeleble de la política.
¿Cómo argumentó su voto Carlomagno?: “La prisión preventiva es la medida cautelar de coerción personal más severa posible y por ende reviste de carácter excepcional”, comenzó diciendo Carlomagno, para citar a la doctora María Angélica Gelli, cuando dijo que “la prisión preventiva implica privar de la libertad a quienes son considerados inocentes por la Constitución Nacional, por lo que ‘el mantenimiento de la prisión cautelar o su cesación requiere de un criterio de decisión razonable por parte de los magistrados judiciales”.
“Las pautas elaboradas por la ley, por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y por la Corte Interamericana de Derechos Humanos constituyen estándares a considerar expresamente, pero no invocándolos de un modo general. Los jueces deben practicar un examen riguroso de los hechos y circunstancias que sirvan de base a la extensión del encarcelamiento porque, éste, ‘no deja de ser cautelar, y entonces la decisión debe contener la motivación suficiente que permita evaluar si se ajusta a los requerimientos impuestos por la Corte Interamericana sobre Derechos Humanos, entre ellos, el de necesidad, en el sentido de que sean absolutamente indispensables para conseguir el fin deseado y que no exista una medida menos gravosa respecto al derecho intervenido entre todas aquellas que cuentan con la misma idoneidad para alcanzar el objetivo propuesto”, dice más adelante la sentencia.
Un post- it para Schumacher en esta nota volviendo a la cuestión de fondo: Le presentaron dos denuncias por la marcha y contramarcha en el tema “Urribarri a la Corte”, la primera fue rechazada casi inmediatamente, la segunda –impulsada por la organización Entre Ríos Sin Corrupción, presidida por Sebastián Orlando, el esposo de la ex fiscal Cecilia Goyeneche- fue recientemente resuelta en el mismo sentido por la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados de Entre Ríos. ¿Cuál fue el argumento central en ambas presentaciones?: La sospecha en el cambio del voto, no convence la explicación de la vocal.
Dijo Portela a RADIO 2820: “Lo que evalué es si existía riesgo real de fuga –dice el actual presidente del STJER- Urribarri siempre fue una persona que estuvo a derecho, no se escudó en sus fueros cuando era embajador, renunció y se sometió al proceso. Decir que puede entorpecer la investigación no tiene sentido, porque la investigación ya está concluida. No está probado el peligro cierto de fuga, entiendo que esto tenga una repercusión importante públicamente, pero no podemos o porque hay una intencionalidad política -en el caso de que la hubiera- o un rencor de la comunidad contra a determinadas personas, sacando incluso el caso Urribarri, hacer una sentencia a medida y pasar por encima de la ley. Estas personas (Urribarri y Aguilera) son inocentes hasta que exista una condena firme, y todavía eso no fue resuelto por la Corte”.
“No puedo guiarme por las sensaciones de la gente, tengo que ajustarme a lo que dice la ley para Urribarri y para Juan Pérez, aunque el primero tenga una mansión en Concordia y el segundo se desplace a pié. Hay una presunción de culpabilidad de cometer delitos de corrupción, existen dos sentencias, pero hasta que no confirme la Corte gozan del principio de inocencia”, insistió a la vez que sumó: “Entiendo que exista gente molesta con esto, pero la ley es una cuestión formal, a mi incluso a veces me causan dolor de estómago algunas cosas, pero yo no hago las leyes”. Ante la pregunta de si esta definición le “causaba dolor de estómago”, dijo: “No, estoy tranquilo por lo que antes expliqué, no hay prueba de indicios de fuga, lo fueron a buscar a su casa para meterlo preso”.
Ante la pregunta acerca de su vínculo con el poder político entrerriano, el hombre de Gualeguaychú respondió: “Gané un concurso de secretario de primera instancia, gané un concurso de juez de primera instancia, gané un concurso de camarista civil y de acuerdo a los requerimientos constitucionales, ni siquiera legales, el gobernador puede proponer a un camarista para integrar el STJER y el Senado de la Provincia lo debe aceptar, eso ocurrió. Me designó el ex gobernador Gustavo Bordet, a quien no conocía, quien me manifestó que quería sumar a gente más joven al Poder Judicial, luego lo crucé en algún que otro acto protocolar, y allí terminó mi vínculo con Bordet”, aseguró Portela.
Y fustigó: “Decir lo contrario, decir que todo responde a la intervención del poder político es peligroso e irresponsable, en todo caso discutamos el sistema que actualmente funciona de esta manera”.
El voto díscolo: Giorgio
Las fuentes consultadas respecto al vocal oriundo de Concordia –el único original de la Sala Penal del STJER en este tribunal conformado durante la feria judicial- coinciden en que es un hombre de carrera judicial que llegó de una manera poco común al organismo. En un shock democrático, el ex gobernador Gustavo Bordet le pidió informalmente a Cambiemos una lista de personas con mérito suficiente para ocupar la primera vacante en el organismo que se produjo durante su gestión. En esa lista estaba Giorgio, quien votó consecuentemente de manera adversa para la defensa de Urribarri en cada uno de los tramos de este viaje a la Corte. Su postura siempre ha sido sostener la culpabilidad del ex gobernador y esta no fue la excepción: En el voto contrario a los de Portela y Carlomagno, habló de “privilegio indebido” y “peligroso antecedente”.
Para Giorgio, lisa y llanamente, “se ha consumado, coronado y constituido, de este modo, lo que pretendí advertir y evitar con la providencia que dicté en fecha 20 de diciembre de 2024 en el Expte. Nº5636: un privilegio indebido para los justiciables de esta causa, quebrantando un elemental principio roussoniano de igualdad ante ley que parecía desterrado desde 1810, en los albores de la patria, con Mariano Moreno a la cabeza, reflejada en la noble igualdad del Himno Nacional y la Asamblea del Año 13”.
Para los vocales a favor de la libertad de Urribarri y Aguilera, La Fiscalía no sustanció ningún pedido contrario a lo que dijo la defensa, se centró en cuestionar la apertura de la feria, por lo que los detenidos volvieron a sus casas, a vivir en libertad con restricciones pese a las condenas de 8 y 6 años y medio, respectivamente. Si son culpables de los delitos de corrupción en detrimento de los intereses de los entrerrianos, lo dirá la Corte.
La Fiscalía tendrá cinco días de corrido para apelar la definición de este tribunal de feria que se verá modificado a partir del día 11 de enero próximo, según indica el calendario difundido por el STJER. Veremos que le toca al ex ministro Pedro Baéz que viene con delay en la carrera por la libertad.
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