El Senado aprobó la eliminación de las pensiones vitalicias para exgobernadores y vicegobernadores
La iniciativa del Poder Ejecutivo obtuvo respaldo unánime de los tres bloques políticos y fue girada nuevamente a Diputados. Durante el tratamiento se eliminó el artículo que establecía la pérdida del beneficio para quienes recibieran condenas penales.

El Senado de Entre Ríos aprobó por unanimidad el proyecto de ley impulsado por el Poder Ejecutivo para derogar la Ley Nº 4.506, que establece una pensión vitalicia para quienes hayan ejercido los cargos de gobernador y vicegobernador de la provincia. La iniciativa fue remitida en revisión a la Cámara de Diputados, que ya le había otorgado media sanción en abril de 2024.
El proyecto, presentado por el Gobierno provincial en enero de ese mismo año, busca eliminar definitivamente este régimen de pensiones especiales, también conocido como "jubilaciones de privilegio", al considerar que ya no responde a las necesidades que motivaron su creación y resulta incompatible con los principios actuales de igualdad y ética pública.
Durante el tratamiento legislativo, los senadores introdujeron una modificación relevante: eliminaron el artículo que establecía la caducidad del beneficio para quienes fueran condenados por determinados delitos. Ese apartado disponía que los beneficiarios perderían la pensión tras una condena penal confirmada en segunda instancia y contemplaba la restitución retroactiva en caso de una posterior absolución.
El senador Rafael Cavagna, de Juntos por Entre Ríos, sostuvo que la norma "ha quedado en la apreciación de la sociedad como innecesaria" y señaló que actualmente existen diez beneficiarios de este régimen. Además, destacó que, de aprobarse definitivamente la derogación, los actuales y futuros gobernadores y vicegobernadores ya no accederán a este beneficio.
Por su parte, la senadora Nancy Miranda, del bloque Más para Entre Ríos, remarcó que estas pensiones no son financiadas por la Caja de Jubilaciones provincial sino con recursos de Rentas Generales, y valoró el consenso alcanzado entre las distintas fuerzas políticas para avanzar con la derogación.
La Ley Nº 4.506 fue sancionada en 1965 y establecía una pensión equivalente al 75 por ciento de la remuneración del cargo para exgobernadores y exvicegobernadores, beneficio que también podía extenderse al cónyuge sobreviviente y a los hijos menores o con incapacidad.
En los fundamentos del proyecto, el Ejecutivo argumentó que el régimen perdió vigencia frente a la existencia del sistema previsional general y sostuvo que mantener este tipo de beneficios especiales resulta incompatible con el contexto económico que atraviesa la provincia y con las demandas sociales de mayor equidad en el ejercicio de la función pública.
Además, el Gobierno consideró que la permanencia de este régimen afecta la confianza ciudadana en las instituciones, especialmente en un escenario marcado por el déficit del sistema previsional provincial, y sostuvo que quienes hayan ocupado las máximas responsabilidades del Estado cuentan actualmente con mecanismos previsionales suficientes para garantizar su cobertura durante la jubilación.
Con la aprobación en el Senado y las modificaciones incorporadas, el proyecto deberá regresar a la Cámara de Diputados para completar su tratamiento legislativo antes de convertirse en ley.
FUENTE: APF Digital





























